Deducción por conciliación del trabajo con la vida familiar. Comunidad Valenciana
En la Comunidad Valenciana en la declaración de la renta te puedes aplicar una deducción de 418 euros al año por conciliación del trabajo con la vida familiar cuando trabajas y tienes un niño de entre tres y cinco años. El año pasado estuve unos meses de baja por enfermedad común y otros meses por baja de riesgo en el embarazo. ¿Quería saber si los meses esos también tengo derecho a aplicarme la deducción?
1 respuesta
Conciliación laboral previa a la vía judicial (SMAC). Trabajo.
- ¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Conciliación laboral previa a la vía judicial (SMAC). Trabajo.
Objeto del trámite
La conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) es un requisito previo a la vía laboral ante la jurisidicción de lo social.
Inicio
Excepciones:
- Se exceptúan del requisito del intento de conciliación o, en su caso, de mediación, los procesos que exijan la reclamación previa en vía administrativa u otra forma de agotamiento de la misma (demandas contra el Estado, comunidades autónomas, entidades locales o entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de los mismos).
- Los que versen sobre Seguridad Social.
- Los relativos a la impugnación del despido colectivo por los representantes de los trabajadores.
- Disfrute de vacaciones.
- Materia electoral.
- Movilidad geográfica, modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
- Suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor.
- Derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral a los que se refiere el artículo 139.
- Los iniciados de oficio.
- Los de impugnación de convenios colectivos, los de impugnación de los estatutos de los sindicatos o de su modificación.
- Los de tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.
- Los procesos de anulación de laudos arbitrales, los de impugnación de acuerdos de conciliaciones, de mediaciones y de transacciones.
- Aquellos en que se ejerzan acciones laborales de protección contra la violencia de género.
- Aquellos procesos en los que la parte demandada sean el Estado u otro ente público y también lo fueren personas privadas, siempre que la pretensión hubiera de someterse al trámite de reclamación previa en vía administrativa o a otra forma de agotamiento de la misma y en éste pudiera decidirse el asunto litigioso.
- Los supuestos en que, en cualquier momento del proceso, después de haber dirigido la papeleta o la demanda contra personas determinadas, fuera necesario dirigir o ampliar la misma frente a personas distintas de las inicialmente demandadas. - ¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Los trabajadores que se vean inmersos en un conflicto laboral individual.
Requisitos
- El intento de conciliación previo es obligatorio para los litigantes.
Inicio
- Las partes deben comparecer debidamente identificadas y/o con poder suficiente. - ¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
De acuerdo con la Resolución de 16 de marzo del 2020 se establece:
Inicio
Que queda suspendido el registro presencial de papeletas de conciliación. Se mantiene la posibilidad de su presentación vía telemática o por correo postal, si al interés del demandante conviene, aun cuando se encuentran suspendidos los plazos procesales, administrativos y de prescripción y caducidad de acciones.
Con el objeto de evitar la presencia de las partes en las dependencias del SMAC, se suspende la celebración de los actos de conciliación señalados a partir del 16 de marzo de 2020, dándose por cumplido el trámite en los términos del artículo 65.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social. A tal efecto, se expedirá certificación posterior acreditativa de la imposibilidad de realizar el trámite, que será debidamente notificada a las partes.
Esta medida es temporal, mientras esté vigente el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID19 .
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- El plazo para la presentación de la demanda de conciliación ante el SMAC es de 20 días hábiles desde el momento del despido; en el caso de reclamaciones de cantidad, el plazo será de un año.
- La presentación de la solicitud de conciliación suspenderá los plazos de caducidad e interrumpirá los de prescripción. El cómputo de la caducidad se reanudará al día siguiente de intentada la conciliación o transcurridos 15 días hábiles, excluyendo del cómputo los sábados, desde su presentación sin que se haya celebrado.
- En todo caso, transcurridos treinta días, computados en la forma indicada en el número anterior, sin celebrarse el acto de conciliación, se tendrá por terminado el procedimiento y cumplido el trámite.
- También se suspenderán los plazos de caducidad y se interrumpirán los de prescripción por la suscripción de un compromiso arbitral, celebrado en virtud de los acuerdos interprofesionales y los convenios colectivos a que se refiere el artículo 83 del Estatuto de los Trabajadores o de los derivados de los acuerdos de interés profesional conforme al apartado 4 del artículo 18 de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo. En estos casos, el cómputo de la caducidad se reanudará al día siguiente del que adquiera firmeza el laudo arbitral; de interponerse un recurso judicial de anulación del laudo, la reanudación tendrá lugar desde el día siguiente a la firmeza de la sentencia que se dicte. Igual efecto se producirá aun cuando en el procedimiento arbitral se apreciase la incompetencia, y se reanudará el cómputo de la caducidad desde la firmeza de la resolución que ponga fin al arbitraje. - ¿Dónde dirigirse?
Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas o en las oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier oficina de correos. En este caso se deberá presentar en un sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en:Sección de mediación, arbitraje y conciliación (smac) - valencia
AVDA. DEL OESTE, 36
46001 València
Tel: 961271928
Sección de mediación, arbitraje y conciliación (smac) - alicante
C/ PINTOR LORENZO CASANOVA, 6
03003 Alacant/Alicante
Tel: 965900316
Sección de mediación, arbitraje y conciliación (smac) - castellón
AVDA. DEL MAR, 42
12003 Castelló de la Plana
Tel: 964399096Por internet
A través del enlace correspondiente:
http://www.indi.gva.es/web/dg-trabajo/e-smac
Inicio - ¿Qué documentación se debe presentar?
- Presentación de la solicitud de celebración del acto de conciliación que contenga:
· Los datos personales de quien la presente y de los demás interesados, y sus domicilios respectivos.
· Lugar y clase de trabajo, categoría profesional u oficio, antigüedad, salario y demás remuneraciones, con especial referencia a la que, en su caso, sea objeto de reclamación.
· Enumeración clara y concreta de los hechos sobre los que verse su pretensión y cuantía económica, si fuera de esta naturaleza.
· Si se trata de reclamación por despido, se hará constar la fecha de éste y los motivos alegados por la empresa.
· Fecha y firma.
- Se presumirá autorizado para recibir citaciones el que presente la papeleta, aunque no fuese el interesado.
- El solicitante aportará tantas copias como partes interesadas y dos más.
- Se pueden obtener y rellenar modelos de solicitud de demanda ante el SMAC mediante los enlaces Impresos asociados.
Los modelos disponibles, previo pago de las tasas correspondientes, son:
Despido
Despido y cantidad
Ordinario
También existen hojas adicionales tanto de demandantes (diferentes según el tipo de demanda) como de demandados.
Links de interes
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=347&version=amp
Te paso esta informacion espero que sea la informacion que buscas
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