Como saber si una subvención tributa

Al visualizar el borrador de la renta 2019 me aparece un mensaje de una subvención que recibí el año pasado. Mi pregunta es que si se incorpora a la decoración o no. Está subvención es de una ayuda que solicité para desplazamiento a centros sanitarios para ir a una consulta medica a otra provincia de Castilla la Mancha ya que en mi provicia no hay especialistas de mi dolencia y me derivan a otra. Tendría que incorporar está ayuda a la declaración de la renta o está exenta.

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Respuesta

I. Hola Francisco, en mi caso no conozco la respuesta, sólo deseaba dejarle una información sobre este tema que creo puede ser de su interés mientras responde un experto, siento las molestias, mucho ánimo.

http://www.gremibaix.com/downloads/SI_HA_RECIBIDO_UNA_SUBVENCIO%CC%81N_SABE_SI_TRIBUTA_O_ESTA%CC%81_EXENTA_EN_RENTA_-_CO%CC%81MO_TIENE_QUE_DECLARARLA.pdf 

https://www.csfconsulting.es/ha-recibido-una-subvencion-sabe-tributa-esta-exenta-renta-declararla/ 


Como norma general, salvo que la Ley expresamente lo indique, todas las subvenciones o ayudas recibidas por personas que no realizan actividades económicas, tienen la consideración de ganancias patrimoniales, por lo que están sujetas y no exentas en el Impuesto sobre la Renta. Las que reciben las personas que realizan actividades económicas, pueden tener la consideración de rendimiento de la actividad o de ganancia patrimonial, según el destino de la subvención o ayuda.

Entre las subvenciones o ayudas más frecuentes, destacan las destinadas a la adquisición de viviendas, las del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (Plan PIVE), las ayudas para compensar gastos escolares, para realizar determinadas mejoras en las viviendas (eficiencia energética, accesibilidad, etc.) y para compensar determinados gastos relacionados con la protección de la salud.

Cada una de estas subvenciones o ayudas puede tener un tratamiento diferente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por lo que para comprobar si deben o no declararse, conviene, en primer lugar, consultar el acuerdo de concesión de la ayuda, que, si está exenta, recogerá esta circunstancia.

Si se desconoce o no se tiene acceso al acuerdo de concesión, se puede consultar el régimen tributario de la ayuda recibida en el Servicio de Información RENTA, teléfono 901 33 55 33, con servicio de atención de lunes a viernes de 9 a 19 horas).

A título de ejemplo, las ayudas del Plan PIVE están sujetas al impuesto, debiendo incluir el importe de la ayuda pública recibido en 2016 en el apartado Ganancias Patrimoniales del borrador o declaración. Lo mismo ocurre con las subvenciones para adquisición de vivienda.

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