La práctica que comentas, además de caso claro de publicidad engañosa, es una infracción contra la normativa de competencia, y concretamente contra el artículo 23 – 4 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
Es un señuelo tan utilizado y visto que no entiendo cómo puede seguir engañando a tanta gente.
Se trata de urgir al consumidor con la imposición de un plazo a partir del cual la compra no será posible, con el consiguiente perjuicio personal materializado en la privación de condiciones adecuadas para una valoración juiciosa y meditada sobre el producto ofertado y sus cualidades o precio, así como la desatención a otros productos en el mercado, posiblemente de mejor calidad, precio o con mejores cualidades, en perjuicio esto del correcto desempeño de la competencia del mercado.
Competencia desleal según el citado 23 – 4 de la Ley de Competencia Desleal:
Artículo 23. Practicas engañosas sobre la naturaleza y propiedades de los bienes o servicios, su disponibilidad y los servicios posventa.
Se reputa desleal, por engañoso:
(…)
4. Afirmar, no siendo cierto, que el bien o servicio sólo estará disponible durante un período de tiempo muy limitado o que sólo estará disponible en determinadas condiciones durante un período de tiempo muy limitado a fin de inducir al consumidor o usuario a tomar una decisión inmediata, privándole así de la oportunidad o el tiempo suficiente para hacer su elección con el debido conocimiento de causa.
En cuanto a la falta de concordancia entre las características del producto ofertado y el efectivamente entregado, te remito a este otro hilo de debate que tuvimos en este mismo foro hace un tiempo (por no escribir otra vez lo mismo):
Reclamación devolución consumidor de tienda virtual semifraudulenta
A lo largo del debate podrás acceder a enlaces hacia las autoridades y organizaciones que te interesan, pero para el que no quiera leerlo todo, puedes acceder desde aquí:
Direcciones Generales de Consumo de Comunidades Autónomas
Asociaciones de Consumidores y Usuarios
[url=http://aplicaciones.consumo-inc.es/cidoc/Consultas/dirMapas.aspx?tabla=omic]Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC)
[/url]En el futuro podrían cambiar las URLs y truncarse el acceso, en cuyo caso, buscadlo según los títulos que les he puesto a los enlaces.