Sustituir abogado de oficio por inacción

Pretende cobrarme 1000 euros un abogado de oficio, cuando contrate a otro ya que éste no hacia nada.. ¿qué puedo hacer?

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¿Se puede cambiar de abogado en un proceso judicial? ¿En qué casos?

Cambiar de abogado de oficio en un proceso judicial

Aunque contar con un abogado de oficio es un servicio público de la asistencia jurídica gratuita, esto no impide que el usuario pueda decidir contratar un abogado particular en medio del procedimiento.

Es bastante habitual que los abogados de oficio se encarguen de realizar las primeras actuaciones del proceso y posteriormente, comunicarle que se va a efectuar un cambio de letrado. En estos casos, la sustitución también se realiza del mismo modo que en el caso anterior, sin importar que el abogado de oficio se sustituya por otro de libre elección.

¿Por qué se cambia de abogado en un proceso judicial?

Entre los principales motivos que obligan a una persona a realizar este cambio se pueden encontrar las desavenencias con el abogado. Para que el proceso finalice con una resolución favorable para la parte, es preciso que haya una relación de confianza entre el cliente y el letrado para que éste último pueda defenderle con plenas garantías.

Si este vínculo se rompe por cualquier causa, como por ejemplo ocultar datos o mentir en algunos aspectos clave para la resolución del caso, es preferible que se realice un cambio de abogado. No obstante, siempre hay que analizar las consecuencias que esta gestión puede tener en el devenir del procedimiento, sobre todo si causa indefensión al usuario.

También puede ocurrir que el abogado no esté realizando su trabajo como debería o que los resultados de los primeros pasos no están siendo los esperados. En una situación así, también es aconsejable cambiar de abogado durante el proceso judicial.

A pesar de existir esta posibilidad, lo mejor es contar con el mismo profesional desde el inicio hasta la terminación del procedimiento para que los posibles diferentes puntos de vista a la hora de ejercer la defensa no perjudiquen la decisión final del juzgado.

muchas gracias pero no me dices nada nuevo, quizá no planteé bien la pregunta, el problema es que me pida 1000 euros por no haber hecho nada hasta donde yo sé..solo ha se hizo cargo del caso por parte de oficio y espero a que yo lo cambiase... y por ello pretende cobrar 1000 eurazos, esto no es en el medio del caso..esto es un atraco

Teléfono asesoramiento justicia gratuita

Atención al ciudadano:902 007 214 - 91 837 22 95

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Hay que distinguir dos conceptos, aunque estén relacionados, justicia gratuita, que conlleva la designación de abogado de oficio para el que la obtiene, y abogado de oficio que se designa a una persona. Si necesita ser asistido jurídicamente, y no quiere o no designa él a un abogado que lo defienda. Si usted se encuentra en el segundo caso, es decir le han designado abogado de oficio, pero no le han reconocido justicia gratuita, está obligado a pagar a ese abogado, dice usted " por no haber hecho nada hasta donde yo sé.. solo ha se hizo cargo del caso por parte de oficio", porr esas actuaciones realizadas hasta que usted decidió designar otro abogado, cuestión distinta es que la arezca excesivo el importe, en cuyo caso tendrá que impugnar la minuta por ese motivo, el juzgado decidirá.

Simplifiqué mucho la pregunta, el abogado de oficio se lo pusieron a mi tía para defenderla de una inhabilitación cautelar, la ingresaron en un psiquiátrico y éste señor se supone que es su abogado, ni llamó a la familia, mi tía cobra menos de 900 euros al mes de pensión no sé si tiene acceso a justicia gratuita o si éso cambiaría algo en este aspecto, yo al enterarme del tema contraté una abogada para ayudarla y me pasa la minuta del otro.. del doble de lo que me cobra la primera por todo el caso...

Tal como lo explica, no parece que siquiera se solicitara la justicia gratuita, por lo tanto hay que pagar a ese abogado designado por el turno de oficio, para saber si el importe es correcto habría que conocer los conceptos que factura.

¡Gracias! Quiere decir entonces que si la justicia gratuita si se hubiese solicitado, ¿y yo luego hubiese contratado a la abogada privada no procedería pagar al primero?

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