Presidenta secretaria tesorera puede cobrar trabajos echos a la comunidad ?

El grupo de presidenta secretaria y tesorera a estado haciendo limpiezas en la comunidad y cobrando por ello,,, ¿esto es legal?

3 Respuestas

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Para remunerar, por el concepto que sea, los estatutos deben permitirlo expresamente, debe figurar en la memoria contable un apartado específico para dar cuenta de estas remuneraciones estar convenientemente informada la asamblea.

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Si lo ha autorizado la junta en reunión ordinaria si. Si no, eso huele raro.

¡Gracias! Que rápido has sido respondiendo

En reunión no se ha autorizado

Pues podéis o convocar pidiendo el 25% de propietarios junta extraordinaria y abordar el tema. Y si no tenéis ese mínimo comunicad a presidenta que deje de realizar esos trabajos hasta que se apruebe en junta.

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Pues para tener esa remuneración no tiene porque figurar en los estatutos, eso se aprueba en junta.

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