Quien paga la sustitución de los toldos el arrendador o el inquilino?

En mi edificio no todos los pisos disponen de toldos. A mi piso sí que se los puse, así que cuando lo alquilé, HACE AÑOS, ya los tenía.

En el Contrato de alquiler no figuran para nada. Ahora la Agencia nos ha dicho que se han de desinstalar pues podrían caer a la calle. Así lo hemos hecho y hemos pagado el trabajo y le hemos dicho a la Agencia que de momento no los repondríamos. Los inquilinos llevan 3 meses sin pagarnos hasta que les pongamos los toldos. ¿Estamos obligados a reponerlos y a pagarlos?

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Si usted alquila un inmueble con unas características, salvo acuerdo entre las partes, han de mantenerse durante la vigencia del contrato.

Por lo tanto, debería poner un toldo nuevo. Aunque su inquilino no debería dejar de pagar por esta circunstancia, sino exigirle que ponga el toldo.

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