¿Es legal pedir 2 meses de fianza y mes de gestión al inquilino?. ¿Qué se puede hacer? Qué dice la ley (¿2019)ante todo esto?

Quisiera saber qué puede hacer el inquilino cuando le solicitan 2 meses de fianza además del mes en curso y mes de gestión inmobiliaria .Si esta petición es legal y si cabe recurso (según la normativa del 2019).

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Si el contrato es inferior a 5 años pueden pedirle un máximo de dos meses adicionales a la fianza obligatoria.

Si el contrato es superior a 5 años, no hay límite.

Fianza no se llama, se llama garantía adicional a la fianza. Pero en euros son dos mensualidades adicionales a la de la fianza.

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Conforme a la normativa actual se puede pedir dos meses de fianza en concepto de fianza adicional, la redacción del precepto es confusa.

Lo de la “gestión inmobiliaria” es correcto si se refiere a la comisión que cobra la agencia.

¿Qué se puede hacer? Cuando dice la redacción es "confusa" ¿a qué se refiere exactamente? ¿Entra dentro de lo legal?

Cuando digo que es confusa me refiero a esto:

5. Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.

En el caso del arrendamiento de vivienda, en contratos de hasta cinco años de duración, o de hasta siete años si el arrendador fuese persona jurídica, el valor de esta garantía adicional no podrá exceder de dos mensualidades de renta

En mi opinion se puede pedir un mes de fianza legal y dos más de fianza adicional, usted después de leer el precepto ¿qué opina?

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