Pérdida Bonificación Impuesto Transmisiones Patrimoniales Andalucía.

En marzo de 2017 adquirí una vivienda beneficiándome de la tasa reducida del 3,5% en el impuesto de Transmisiones Patrimoniales por vivienda habitual y menor de 35 años. Desde mayo de 2019 estoy empadronado en otra vivienda perdiendo en este caso a priori el derecho a la bonificación.

Aún no he recibido notificación por parte de la Junta de Andalucía. ¿Qué debería hacer?

1. Adelantarme haciendo una autoliquidación complementaria por el importe no ingresado (diferencia hasta el 8%) ¿Tendría algún beneficio en cuanto a recargo/sanción?

2. Arriesgarme a que llegue la notificación de la Junta de Andalucia ¿Siempre llega o no en todos los casos?

1 respuesta

Respuesta

Si como parece ha perdido el derecho a esa bonificación, por poco tiempo ya que solo le faltaban diez meses para cumplir los tres años, está obligado a hacer una auto liquidación por la diferencia, le dejo un enlace explicativo https://www.juntadeandalucia.es/organismos/haciendaindustriayenergia/areas/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html

Gracias Pedro, 

¿Sabes si correspondería recargo/sanción en este caso? 

Un saludo. 

Recargo es posible, o más bien pago de intereses, sanción no, porque no ha habido infracción.

Gracias Pedro, 

¿Sabes de cuanto serían los intereses de demora? 

Un saludo. 

ESo es un cálculo aritmético, todavía recuerdo la fórmula; I=CXRXT/100, Siendo I, Interés, C, capital R, rédito y T tiempo; en su caso el capital es lo dejado de pagar, el rédito 7%, si no me equivoco, y el tiempo, el periodo transcurrido desde la liquidación inicial hasta que se cálcule el interés

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