¿Cuánto dinero pagaré de impuestos en venta de vivienda?

En breve voy a vender una vivienda que actualmente tiene hipoteca y tengo dudas con los impuestos, a ver si me podéis ayudar:

- ¿En el momento de la venta puedo realizar yo alguna gestión para ahorrarme lo máximo posible? Esta claro que lo que tenga que hacer el notario no hay más remedio ¿qué coste aproximado tiene? Y por otro lado los asuntos de gestoría ¿cuáles serían? Y si podría hacerlos yo.

- Con respecto a declaración de la renta ( irpf) si vendo por 160000 y compre por 180000 está claro que tengo una pérdida patrimonial. ¿Tengo qué declararlo en IRPF? Y en tema de plusvalía municipal he leído que si he vendido por debajo de lo que me costó puedo reclamarlo al ayuntamiento y se devuelve el importe previamente pagado dentro de plazo.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le ayude con su caso concreto. Estas cuestiones son algo más complejas de lo que parecen a simple vista.

Si el comprador compra con hipoteca, no podrá hacer usted ningún tramite, o como mucho la presentación de la liquidación de la plusvalía municipal que haya comunicado el notario. Los gestores-apoderados del banco del comprador se encargará de todo (cobrándole a usted la parte que le corresponda) pues es la forma de garantizarse que se inscribe la hipoteca (compra y carga hipotecaria).

Si hay hipoteca, hay tasación y por lo tanto aunque usted venda a un precio, para Hacienda el valor de mercado es el de la tasación y así ha de liquidar los impuestos, por el valor de mercado. Por lo tanto, ha de tener mucho cuidado con esto, o luego le reclamaran a usted y puede significar que si haya incremento patrimonial e incluso plusvalía municipal.

Tenga una perdida o incremento patrimonial, en su declaración de RENTA lo ha de indicar.

Los notarios y registradores cobran por arancel, con lo cual, solo puede preguntarles por el presupuesto de lo que le cobraran, que será conforme al arancel. Y al gestor del banco del comprador, le debe pedir un presupuesto, con los costes aproximados, que además le será retenido del precio de venta (normalmente) como provisión de fondos.

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1.- Puede usted evitar el gasto de gestoría, encargándose personalmente de la declaración del IIVTU (Plus valía municipal)

2.- Pregunte en la notaría, aunque lo habitual es que todo ese gasto sea por cuenta del comprador, pero hay que hacerlo constar en la escritura.

3.- Tiene que declararlo como tan pérdida en el IRPF del próximo año, y puede deducir esa pérdida de una ganancia análoga.

4.- El el IIVTU (Plusvalía municipal) deberá impugnar la liquidación si efectivamente ha vendido por debajo del precio de compra.

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