Juicio monitorio o verbal cuando el deudor está ilocalizable.

Una persona me debe 800 € le quiero poner un juicio monitorio o verbal pero dudo entre los dos porque lo que sí tengo seguro es que el deudor está ilocalizable, como tengo que hacer para que el juicio sigue adelante aunque no se localice al deudor..

Además el deudor está empadronado en un piso que tengo alquilado y dónde yo estoy empadronado y una inquilina si el juzgado notifica a esa dirección y la inquilina es la que recoge el certificado del juzgado se da por notificado al deudor.

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Debe tener en cuenta que aunque consiguiera una sentencia condenatoria contra ese deudor, vía declaración procesal de rebeldía, luego para cobrar tendrá que embargar bienes del mismo, lo cual implica la previa localización de esa persona y de sus bienes.

Hola buenas Pedro lo de los bienes es fácil el punto neutro judicial se encarga de embargarle lo que tenga de averiguarlo y hacer una averiguación patrimonial lo que yo quiero es que usted me diga que me aconseja mejor un monitorio un verbal para que se declaré en rebeldía el deudor es decir cuál elijo de los dos juicios para que no encontrando al deudor su domicilio no pudiendo notificar el proceso sigua adelante gracias.

Es decir Pedro de lo que se trata es de saber qué estrategia legal es de seguir para que siendo imposible notificar al deudor el proceso sigue adelante y lo que esté cobrando de la seguridad social o lo las cuentas que tenga aire pueden embargar pero como tengo que hacer cuál tengo que elegir para que siendo ilocalizable es decir no pudiendo notifica el proceso no se active y siga adelante gracias Pedro.

En las circunstancias que describe es más aconsejable el juicio verbal.

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