La paga extra cotiza a la Seguridad Social

Tengo contrato por 6 meses. La paga extra de diciembre prorrateada.

Estos son los devengos reflejados en mi nómina:

PAGA EXTRA: 171,72 (El sueldo entre 6 meses)

SUELDO:            1030,32

TOTAL DEVENGADO: 1202,04

Estas son las retenciones:

I.R.P.F.:     2%    1202.04     24,04

TOTAL SEG SOCIAL           76,93

S.S. C.C. (1202,04)  56,50

S.S. DES (1202,04)  19,23

S.S. F.P.  (1202,04)    1,20

TOTAL RETENCIONES: 100,97

LIQUIDO: 1101,07

¿Estoy cotizando 2 veces a la Seguridad Social? Una vez por el sueldo y otra por la paga extra, al ser prorrateada.

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No, estás cotizando correctamente. La base de cotización mensual a la Seguridad Social corresponde, resumiendo, al salario bruto anual dividido entre 12, o, lo que es lo mismo, a la paga del mes más la prorrata de pagas extras, siempre que esa base esté comprendida entre la base mínima y la máxima que corresponda al grupo de cotización. Se cotiza mensualmente (12 veces al año). Si la base resultante es menor que la base mínima, se toma la mínima. Si es mayor que la máxima, se toma la maxima.

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