Finiquito por jubilación en el trabajo

Me jubilo ahora y estoy de baja. No he podido disfrutar de vacaciones. ¿En el finiquito la empresa me tiene que pagar las vacaciones no disfrutadas?

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En el momento que te realicen la liquidación, sí que te han de abonar las vacaciones devengadas y no disfrutadas (durante la situación de incapacidad temporal, el trabajador devenga sus vacaciones como si estuviera en activo). Solo hay que tener en cuenta que existe un límite temporal: no puede haber pasado más de 18 meses desde haya acabado el año al que correspondan esas vacaciones.

Espero haberte ayudado.

Maribel Bonilla.

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