Vivienda de nueva construcción planta ático

He adquirido una vivienda de nueva construcción en la que las escrituras literalmente indican "que tiene una superficie útil de xx metros cuadrados y construida de xx metros cuadrados.Tiene además una terraza de uso exclusivo de xx metros cuadrados, sobre sus linderos..., cuota de propiedad le corresponde 7.04% y de 7.59% en los gastos exclusivos de la vivienda. Leído estro en las escrituras me surge la duda de si la terraza es comunitaria en usufructo o es mía en propiedad?, a si como que significa los diferentes importes de las cuotas, cabe destacar que yo soy el propietario que más comunidad paga de todos los vecinos, aun habiendo viviendas más metros cuadrados que la mía, yo entiendo que es por la terraza.

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Consulta el asunto de las cuotas participativas, en mi caso estaba mal realizadas partición ... por ejemplo se dio el caso de que figuraban en escritura 45 garajes cuando el edificio tenía 70, trasteros que no existían en el proyecto... A los 4 años de constituir la comunidad se tubo que rehacer la participación cuando un vecino vendió y salto el asunto.

Los que tenían más metros... No se quejaron hasta entonces...

Por lo demás lo que te han comentado los compañeros es totalmente correcto y tiene sus ventajas, por ejemplo, si hay filtraciones en la cubierta y desde. Tú terraza se moja al vecino de abajo, lo paga la comunidad (si no alteras nada, claro está)... Inconveniente, no puedes hacer lo que quieras (cerramientos fijos, según la normativa específica de cada ayuntamiento), pero si tienes un ático, es para disfrutarlo.

Además es extraordinariamente raro que una terraza de ático no figure en escritura como aparecen la tuya, es de lo más frecuente, ... lo raro sería que figurases tu como propietaria en pleno derecho.

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La terraza, con los datos que aporta, es elemento común de la finca, aunque tenga usted atribuido el uso privativo de la misma. Sin embargo no parece explicable que sea usted quien tiene una cuota más alta en los elementos comunes, si hay viviendas con más metros cuadrados de superficie. Habría que estudiar la escritura de división horizontal.

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Art. 5 LPH

En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o resolución judicial. Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes.

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Como ya te han comentado y por ley salvo que en la escritura específicamente se diga otra cosa, Y no parece este ser el caso, la terraza es propiedad de la comunidad, en cuanto a las cuotas, la de propiedad es matemática pura y dura, pero la de gastos es de acuerdo, y puede darse el caso que en su día a factores por, como puede ser el caso del uso de ls terraza, las cuotas sean más grandes aunque la superficie sea menor

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