¿Cuándo se puede disponer de un legado?

SUPUESTO: Padres con una vivienda y dos locales con dos hijos.

El testamento (igual por ambas partes) establece que se lega al hijo 1 la vivienda, al hijo 2 un local y en forma de herencia el segundo local. Usufructo para el cónyuge que quede vivo inicialmente.

¿Cuándo dispondrían de los legados los hijos?

¿Al fallecer uno ya son propietarios del 50 % junto al padre/madre vivo? O ¿Habría qué esperar al fallecimiento del segundo?

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les ayude con su caso concreto. Las herencias son complejas.

Tendrán que estar a lo que indique la escritura de adjudicación de la herencia. En determinados casos, el legado implica la plena posesión del bien y por lo tanto, al menos el 50% del fallecido pasa a nombre del heredero y por lo tanto, tendrá los derechos y obligaciones correspondientes.

Aunque la viuda tenga derecho de usufructo, este se calcula en función de la edad que tenga, por lo que normalmente es un porcentaje sobre la masa hereditaria.

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De momento el usufrutuario es quien tiene todo mientras vive, pero no puede vender a no ser que se pongan de acuerdo todos, los hijos son los herederos como bien dice del 50% El otro 50% lo tendran algun dia que hereden. Mientras El usufrutuario puede alquilar los locales el piso y hacer buen uso de todo el capital que luego serà de sus descendientes .

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Tal como lo describe el legatario sólo obtiene inicialmente la nuda propiedad, el usufructo pertenece a su madre, por lo tanto no podrá disponer plenamente del legado hasta que se extinga ese usufructo, sea por fallecimiento de la usufructuaria o por otro motivo.

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