Tener un descubierto en la cuenta implica 3 tipos de gastos:
1- Intereses de demora, en base al importe de la deuda que se haya generado con el descubierto, los días que dure el descubierto y el tipo de interés que se le aplique
2- Comisión por descubierto, calculada como un porcentaje sobre la cantidad adeudada
Los intereses de demora sumados a la comisión por descubierto no pueden superar las 2,5 veces el valor legal del dinero. Estas cantidades se las aplicarán en la liquidación periódica de su cuenta, previsiblemente una vez al mes.
3- Comisión por reclamación del descubierto, que es un coste fijo que depende de cada entidad bancaria y que cubre los gastos de gestión en los que ésta incurre por el hecho de reclamarle la deuda al cliente. Esta comisión varía de unos 15 a 45 €, según el banco.
Los 15 euros a los que usted se refiere, según su explicación, corresponderían seguramente a la comisión por reclamación y no son los más altos del mercado.
Toda esta información la puede encontrar en su contrato con la entidad, que se le proporcionó el día que abrió la cuenta o en notificaciones posteriores, en relación a posibles modificaciones de las condiciones, indicándole al mismo tiempo que, de no aceptarlas, podía usted cancelar la cuenta sin penalizaciones.
En definitiva, no parece que pueda usted reclamar nada, me temo.
Tenga en cuenta que tener números rojos en la cuenta es equivalente a tener un crédito. Y, desde luego, no en las mejores condiciones financieras.