¿Puede un banco ejecutar un embargo judicial de cuenta de un dinero destinado exclusivamente para el pago de la/s hipoteca/s?

Transferimos mensualmente dinero a nuestra cuenta de BBVA en España (una cuenta hipotecaria) en cuyo concepto de las transferencias a finales de mes siempre ponemos "hipotecas". El banco debe cobrarse los recibos hipotecarios los día 30 de cada mes. Sin embargo no lo han hecho y han ejecutado el embargo del dinero con fecha del día 1 siguiente. He reclamado al banco mediante burofax la devolución de ese dinero ya que omitieron su deber de cobrarse la hipoteca el día 30 cuando las órdenes de embargo son del día siguiente. No conformes con eso, BBVA nos ha metido además varias ejecuciones judiciales en la cuenta creándonos un descubierto en la cuenta, lo cual tengo entendido que es ilegal ya que sólo se puede embargar dinero líquido existente pero nunca dinero que no tenemos.

BBVA continuamente realiza sucias tácticas como éstas "políticamente correctas" para cobrarnos comisiones criminales por descubiertos ilegales creados por ellos sin nuestro consentimiento y para obstaculizar que podamos pagar la hipoteca para quedarse con el piso y todo el dinero que ya hemos pagado durante años. En mi opinión los banqueros son claramente organizaciones criminales que incluso financian ambos lados de una misma guerra.

Necesito saber cómo podemos defendernos de estos mafiosos de forma rápida ya que el descubierto artificial e ilegal que nos han creado en la cuenta nos impide reunir todo más dinero para volver a pagar lo mismo porque ellos dan prioridad a liquidar los embargos en negativo antes que pagar la hipoteca.

Doy la máxima nota en el voto a quien me responda dando detalles.

2 respuestas

Respuesta

Puede denunciar los hechos como "malas prácticas bancarias" a la Inspección del Banco de España, deberá demostrarlos.

Respuesta

-Seguramente los intereses cobrados en los descubiertes este por encima del máximo legal, por lo que en principio pueden ser ilegales, además han de acreditar la realización de alguna gestión para el cobro de la deuda, no pueden cobrarle una comisión de reclamación de posiciones deudoras por no hacer nada. Es doctrina que una carta enviada por el sistema automático del banco no es gestión alguna.

Aquí un par de cartas para reclamar de mis años mozos:

http://usuariosbancos.blogspot.com/2009/03/gastos-de-reclamacion-de-posiciones.html 

http://usuariosbancos.blogspot.com/2009/08/gastos-de-reclamacion-de-posiciones.html 

http://usuariosbancos.blogspot.com/2011/02/otro-escrito-o-carta-para-reclamar-la.html 

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