Si, tienes toda la razón. Realmente, el levantamiento topográfico sería previo a la construcción. Ten en cuenta que el cometido del catastro, que pertenece al ministerio de Hacienda, es informar de la base gráfica para la tributación. Ellos elaboran una base correcta, en principio, pero no exenta de errores, como cualquier otra base. Si está equivocada, van a proceder a su corrección, pero como es un proceso complejo, requiere de un técnico. Si la documentación aportada incluye un levantamiento topográfico firmado por un ingeniero técnico en topografía, será suficiente para la modificación de la base gráfica. En realidad, todo forma parte de un proceso en el que se le da seguridad jurídica y técnica al ciudadano. La firma de un arquitecto le asegura una calidad y adecuación a la ley en cuanto a cimentación, asilamiento,... La firma del geólogo en el geotécnico, la firma del fontanero o electricista le acredita una adecuada instalación, como la firma del notario o el registrador le aseguran un correcto tráfico jurídico, e incluso la gestoría que la hubiera podido asistir en la notaría, el tasador,... Forman parte del proceso habitual de una compra-venta o inmatriculación. Yo, que soy ingeniero técnico en topografía, le puedo decir que el coste de conocer los límites reales de su propiedad, y la forma del terreno sobre el que se asienta su vivienda es un coste mínimo comparado con los beneficios que le reporta. Te ha en cuenta que ninguno de estos puntos forman parte de las responsabilidades del catastro y que, como usted ha hecho, corresponde e interesa al propietario mantener su inversión. Todo ello sin perjuicio de que la Administración Pública debería ser más ágil, pero aunque lenta a veces, si procede y la documentación es correcta, el cambio se va a producir. Me temo que no puede haber un silencio administrativo en algo cuya modificación solicita, e involucra a otros propietarios, que pueden no estar de acuerdo con su modificación.