I. Hola Compañero, disculpe la demora en responder, deseaba dejarle unos textos que en gran medida responden a su consulta y dos enlaces sobre la misma, por si aún pudiesen serle de ayuda. Saludos.
*Un arrendador de local ¿Debe presentar el modelo 390? No. Deberá marcar «SI» en las casillas correspondientes del formulario del modelo 303: ¿Está exonerado de la Declaración-resumen anual del IVA, modelo 390?
Asimismo, deberá cumplimentar el apartado específico “Exclusivamente a cumplimentar en el último período de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerados de la Declaración-resumen anual del IVA”.*.
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https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/Vivienda/Tributacion__del_alquiler_de__vivienda/Arrendador_IVA/Preguntas_frecuentes_arrendamientos/Declaraciones/Un_arrendador_de_local__debe_presentar_el_modelo_390_.shtml
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**El resumen anual de IVA (modelo 390) no deberá realizarlo si solo tiene esta actividad de arrendamiento de locales, pues se exonera de esta obligación.**