Inquilino se marcha sin cumplir contrato, alega ruido.

Hace dos días alquile una casa por un año a unos inquilinos.

Esta casa esta pegada a un auditorio municipal de música, tiene horario laboral.. Ellos eran conocedores de ello y ahora a los dos días de estar allí, se marchan porque les molesta la música. Yo no me niego a ello.

Me piden que les devuelva la mensualidad de este mes y el mes de fianza que me dieron... ¿Esto es legal?

Estoy en Alicante.

3 Respuestas

Respuesta

Si tu has aceptado que se vayan, supongo que lo habéis formalizado por escrito, entiendo que deberías devolverles la fianza, no así la primera mensualidad que cobraste. Me gustará leer alguna opinión más calificada que la mía.

No es que haya aceptado que se vayan... Es que no se que dice la ley sobre ello, además del tema del ruido, es posible que no tengan ni guna obligación de pagarme los meses por ello? 

Mientras se aclara el, tema no les devuelvas nada. Deja que protesten.

Suscribo lo que te ha dicho Pedro abogado.

Respuesta

Conviene no perder de vista la ley de arrendamientos. El inquilino está obligado a cumplir el contrato o, como mínimo seis meses, que debe pagar. El casero está obligado a proporcionar al inquilino el disfrute pacifico de la vivienda. Partiendo de esta premisa el inquilino sólo podrá denunciar el contrato y darlo por terminado, si ese ruido que invoca, supera los decibelios establecidos por la ordenanza municipal correspondiente.

Muchas gracias. 

De cuantos decibelios hablariamos? 

Y quién es la persona legal que los pueda medir? 

Si supera los decibelios permitido como puedo y donde denunciar?

No creo que denunciando llegado el caso  consiga nada, ya que la escuela es municipal. 

Estoy en Alicante 

Si  supera los decibelios permitidos, que les devuelvo la fianza y el mes completo? 

Empiezo por el final, es precisamente el ayuntamiento quien determina, por ordenanza municipal, el maximo de decibelios que puede generar cualquier actividad, por lo tanto no parece lógico que una actividad municipal incumpla esa norma, no obstante le dejo unos artículos cuya lectura le puede interesarhttps://www.pedrohernandezabogado.com/2013/04/ruido-y-vibraciones-producidos-por-el.html https://www.pedrohernandezabogado.com/2014/06/una-insolita-manera-de-luchar-contra-el.html

Respuesta
-1

Si tenían un contrato de alquiler por un año o por el tiempo que lo tuvieran redactado pues no sé pueden marchar antes,

Y si lo hacen pues pierden la fianza o el mes que hubieran pagado .

¿Digo yo que en el contrato aparecerán esas clausulas como en todos los contratos no?

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas