Grupo de presión de comunidad, debe paga local comercial
Un local comercial, debe pagar el grupo de presión de la comunidad. Nunca ha existido. No tiene suministro de agua. Según estatutos no paga nada de patio o zaguán para dentro, ni ascensor ni gastos de escalera...
El administrador indica, si, porque interpreta que es la acometida de la comunidad.
¿Debe de pagar?
Aunque en los estatutos u otros no se indique específicamente, si en la junta en la votación se acordó que si se pagara, ¿seria válido?
Respuesta de Optimizo Administracion de fincas
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