La cobertura de daños por agua en circuito de calefacción central de una comunidad de vecinos en una vivienda particular

En mi vivienda he tenido una rotura de una tubería de la calefacción central, la cobertura de daños por agua en circuito de calefacción central de una comunidad de vecinos en una vivienda particular a quien corresponde pagar, ¿al seguro de la comunidad o al seguro del propietario de la vivienda?

3 respuestas

Respuesta
1

Si la tubería es de general/calefaccion central a seguro de comunidad... y si la tubería rota es de individual de la que va a un radiador/es pues al seguro particular

Respuesta

Si las tuberías que han sido las causantes de los daños son de la calefacción central, tiene que hacerse cargo el seguro de la comunidad,

Aún siendo tuberías de la calefacción central pero que alimentan tus radiadores, también es el seguro de la comunidad,

Respuesta

Actualmente se considera que la red privada es exclusivamente la que transcurre dentro del piso, siendo el resto de la comunidad de propietarios, tal como se infiere del contenido de los artículos 396 del Código Civil y 3º de la Ley de Propiedad horizontal.

El 396 del Código Civil dice que son elementos comunes del edificio todas las instalaciones (entre ellas las canalizaciones de agua caliente y sanitaria) hasta la entrada al espacio privativo.

El artículo tercero de la Ley de Propiedad horizontal dice que corresponde a cada piso o local el derecho singular y exclusivo de propiedad de las instalaciones de toda clase que estén comprendidos dentro de sus límites y sirvan exclusivamente al propietario, así como el de los anejos que expresamente hayan sido señalados en el título, aunque se hallen situados fuera del espacio delimitado.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas