Se pueden empadronar unos inquilinos por su cuenta en mi piso que les alquilo aquí en Madrid?

Me gustaría que algún profesional del ayuntamiento, abogado, trabajador social que tenga experiencia en estos temas me pueda responder:

Tengo un piso propio aquí en Madrid y llevo unos años alquilando a unas personas

Quiero saber si ellos se pueden empadronar en mi piso por su cuenta sin decirme a mi nada.

Usando el contrato de alquiler que les hago cada año.

Si es cierto que lo han hecho: creo que entonces eso consta como que es su vivienda habitual, ¿y qué consecuencias puede llevar eso?

¿Osea qué los quiero echar puedo tener problemas?

El. Piso es mío y yo no les he firmado nada para que se empadroenen en él.

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Efectivamente, con el contrato de alquiler ellos tienen derecho a empadronarse.

Si usted alquila una vivienda, con contrato de vivienda habitual, no pierde la propiedad, simplemente la alquila, pero el inquilino tiene derecho a empadronarse.

Si usted declara los ingresos por alquiler en su declaración de RENTA, además se deducirá un importante importe al ser vivienda habitual de los inquilinos.

Para poder echar a un inquilino, será por falta de pago o por finalización del contrato, y si es por falta de pago, necesitará ir a un procedimiento judicial casi seguro.

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