Dos preguntas sobre derechos y defensa de un inquilino ante un casero alquilando de manera irregular

Tengo un acuerdo verbal con una persona que me dijo ser el dueño de un piso y que me alquila una habitación dentro de su piso por 250 euros al mes. Encontré esta habitación por un anuncio en internet en el que figura su teléfono y nombre.

Hemos tenido una discusión el y yo porque no me deja empadronarme aun siendo una obligación, así que le he dicho por escrito en un mensaje de whatsapp que me marcho en 40 días, pero al no tener contrato por escrito temo que por lo que sea, en un momento dado, yo salga del piso para hacer algo y al volver me haya sacado mis cosas y niegue que vivo allí (se que esto podría justificarlo con los recibos que me ha hecho hasta el momento, pero tonto de mí por no aparentar ser una persona difícil, acepté recibos muy informales donde no pone ni su nombre ni su DNI entre un montón de cosas, sumado a que no me dio su DNI para tomar yo nota, los nombres en el buzón no corresponden con los que vivimos en el piso entre sospechosas que tiene toda la pinta de estar subarrendando sin permiso de la casera o algo raro).

Mi 2 preguntas son:

1) Sin haber contrato escrito como es mi caso, ¿puede esta persona echarme del piso cuando le dé la gana sin dar ni 30 días de antelación o aún sin contrato escrito, por ley debe darme los 30
días?

2) Si por un casual se inventa que yo nunca he vivido allí, como alternativa a contrato escrito y recibos, ¿puedo usar el anuncio de segundamano que el puso (lo guardé en mi PC en PDF) y/o testigos como mi otro compañero de piso o mi portero como testigos de que vivo allí y/o un recibo de un envío de Amazon de una cosa que compré (Es lo único que he recibido por correo desde que llevo en el piso)?

2 respuestas

Respuesta
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1º) Los contratos verbales tienen la misma la misma validez que los escritos. Sin embargo, los primeros tienen el inconveniente de probar lo pactado. Aclarado lo anterior, usted tiene un contrato de subarrendamiento de vivienda, por lo que en principio se presumirá que su duración es mensual prorrogable por el mismo periodo de tiempo. Por lo tanto, su arrendador podrá comunicarle en cualquier momento que abandone la vivienda a la finalización de la prórroga. Vg Fecha contrato 10 de Diciembre. Su arrendador podría comunicarle la no renovación del contrato el día 25 de Marzo para que abandonase la vivienda el 10 de Abril.

2º) La respuesta es afirmativa. Todos los enunciados son medios de prueba válidos en derecho.

Respuesta

VIVO EN UN PISO DE ALQUILER SIN CONTRATO ¿me pueden echar?

Para cesar el alquiler, se debe demostrar que se está viviendo en este piso y desde cuándo. Si no se puede demostrar, el inquilino puede abandonar el piso siempre que quiera. El propietario podría pedirle las rentas de, al menos, los seis primeros meses. No obstante, es un proceso largo y costoso en el que se necesitan pruebas reales de que ha habido un alquiler real. Por el contrario, si se puede probar que hay un acuerdo verbal de alquiler, las resoluciones tendrás lugar acorde a la normativa vigente y el inquilino podrá abandonar el piso una vez pasados los seis meses, siempre y cuando avise con 30 días de antelación.

Al igual que en el caso de la resolución del contrato de alquiler, necesitarás tener todo lo que puedas para acreditar que existe un acuerdo entre las partes. En caso de no tener nada que lo demuestre, se produce una alegalidad muy difícil de resolver, especialmente con los propietarios.

A la hora de la finalización del alquiler, la devolución de la fianza puede ser uno de los procesos más complejos y es que será imprescindible tener pruebas suficientes de haber vivido en el inmueble para reclamarla. Por tanto, si el inquilino deja el piso y reclama de vuelta la fianza legal, deberá demostrar que ha pagado y cuál es la cantidad total que abonó como fianza legal.

El propietario, por su parte, tiene que poder alegar si el inquilino ha avisado en tiempo y forma adecuada o si ha dañado o deteriorado la vivienda por mal uso de ella. En estos casos, el arrendador está en pleno derecho de no devolver la fianza completa e incluso en no devolverla en su totalidad. No obstante, los procesos legales cuando existe desacuerdo suelen ser más largos y costosos que si existe un contrato escrito de alquiler.

La falta de un contrato por escrito puede acarrear otros problemas, entre ellos que el arrendatario pueda tener un miedo constante a que lo echen en cualquier momento o no pueda demostrar la veracidad del alquiler. Además, pueden seguir otros conflictos como problemas con hacienda (si el propietario no declara el piso) o dificultades a la hora de solicitar ayudas gubernamentales. Recuerda que, si quieres disfrutar de un alquiler seguro, siempre debes contar con un contrato por escrito y de acuerdo con la legislación actual.

Links de interes

https://www.alquilerseguro.es/blog/vivo-en-un-piso-de-alquiler-sin-contrato-me-pueden-echar#.XpYM38gzbIU 

He encontrado esta informacion espero que te sirva de ayuda

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