Pueden obligar a ir al notario en otra ciudad?

Según ley el comprador selecciona notario. En este caso el comprador le da igual que el vendedor sean dos señores ancianos de 90 años y quiere imponer que como vive en otra ciudad a 200km de donde residen los vendedores y está el inmueble. He leido que puede tener derecho a esa elección si es su domicilio, pero me cuesta creer que alguien pueda comprar un inmueble en La Coruña y haga trasladar a Ceuta a 5 herederos vendedores simplemente porque no quiera moverse de casa. ¿No es más lógico que la imposición sea donde se ubique el bien inmueble?, ¿Si no hay acuerdo hay que plantearle al comprador que no se realiza la venta por este tema?

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Lo más facil es que estos “cinco herederos vendedores”o los “dos señores ancianos de 90 años” (no está muy claro esto, ni tampoco que hayan 200 Km de La Coruña a Ceuta) otorguen a alguien un poder notarial para representarlos en el acto de compra-venta, y sea solo una persona quien tenga que desplazarse.

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