Se puede anular una sanción de restricciones de Covid por defecto de forma?

El pasado 26/04/2021 salí a dar un paseo con mi mascota y con mi ex pareja por un bosque que hay en las afueras de mi pueblo, es cierto que no llevábamos la mascarilla ninguno de los 2 ya que vivíamos juntos y queríamos disfrutar un poco del aire del aire fresco. A la vuelta, a la entrada del pueblo nos encontramos a 2 motos de policía haciendo la ronda habitual... Y tras intentar explicarle que venimos del bosque de dar una vuelta con la perrita, que vivimos juntos .. Nada procedieron a denunciarnos por no usar la mascarilla y no respetar la distancia de seguridad... Yo ni firmé la denuncia ni me llevé copia. Esta semana me ha llegado una carta con la copia de la denuncia y la notificación de apertura de expediente, con propuesta de sanción de 250€ y carta de pago con descuento del 40%.

Mi duda es la siguiente: en la denuncia aparecen marcadas 2 infracciones, una por no usar la mascarilla (incumplimiento del art. 5.1.a) y una por no respetar la distancia de seguridad (incumplimiento del art. 5.1.g), pero en la propuesta de sanción veo que se me sanciona por incumplir el art 5.1.a: 100€ (lo he mirado en el decreto ley 30/2020 del 4 de agosto y es por no llevar mascarilla) y por incumplir el art 5.1.m: 150€ (diferente del de la denuncia), que según el decreto 30/2020 es por incumplir una orden general de confinamiento (cosa que no es cierta). ¿El defecto de forma se aplica también en estas sanciones? Ya que me denuncian por unas infracciones pero luego la sanción es por otras infracciones.

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Respuesta

Tiene usted una idea muy clara del enfoque que hay que darle al asunto. Por supuesto que se pueden hacer esas alegaciones. Bájese un modelo de internet (los hay muy buenos) y cuádrelo con sus objeciones. Le esperamos en el mundo jurídico, si se decide.

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