Tiene derecho de usufructo mi cuñada si mi hermano muere antes que sus padres?

.- 1953: Se casan mis padres.

.- 1955: Nace mi hermano.

.- 1965: Nazco yo.

.- 1980: Se casa mi hermano y tiene un hijo

.- 1988: Mi madre recibe en herencia un terreno con arboles.

.- 2005: Fallece mi padre.

.- 2010: Fallece mi hermano.

.- 2016: Fallece mi madre.

En el testamento de mis padres se ceden el usufructo vitalicio, reparten la herencia a partes iguales para los 2 hijos y en caso de premoriencia de alguno de ellos, la herencia seria para sus descendientes.

El testamento de mi hermano también cede el usufructo vitalicia a su cónyuge y nombra heredero a su hijo.

Teniendo en cuenta que el terreno le pertenece al 100% a mi madre, y mi hermano fallece antes que ella, ¿le correspondería a mi cuñada el derecho de usufructo?

Perdón si me lie mucho

Respuesta
1

Tal como lo describe no veo por qué su cuñada va a recibir ese usufructo.

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