Vicios ocultos de una vivienda

El comprador de mi vivienda, me está reclamando vicios ocultos, ¿qué se puede considerarse como el vicio oculto?

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No han transcurrido 6 meses, han mandado esta reclamación al agente inmobiliario.

Lista de Vicios Ocultos
La presente lista de Vicios ocultos está basada en la descripción y fotografías realizadas
En el anuncio de venta del inmueble, así como en la visita “in situ” de los compradores
Y la posterior Tasación nº: 5030666W21 realizada el 19/08/21 en donde no se apreció
Ni se comunicó ninguno de ellos.
Que a fecha de la entrega de la vivienda han evidenciado que no se encuentra en las
Condiciones que la vendedora había informado.
1.- El cuarto de baño principal se encuentra con una pared sin alicatar, habiendo
Quitado la vendedora el armario que quedaba consolidado en el diseño de este.
Estando el armario el día de la tasación
2.- Se han encontrado azulejos del suelo rotos por toda la vivienda, que no se pudieron apreciar en la visita por quedar ocultos por decoración o muebles, según el caso, un total de 15 azulejos.

3.- Ninguna de las antenas de la vivienda funciona ni está en servicio, es decir, no existe conexión en las apliques ni cables dentro de la vivienda.

A la antena TDT además de estar cortado los cables que conectan a las cajas interiores

De la vivienda, está incompleta, faltándole un panal de red, el amplificador y el

Distribuidor (mirado por profesional).

A la antena Parabólica le falta el plato (que en el día de visita era blanco, no se

Recuerda la marca) lo que hace inservible dicha antena (mirado por profesional).

Antena TDT Antena Parabólica

4.- Que varios puntos de luz de la casa no están conectados a la red eléctrica, es decir, que esta el enchufe, pero no hay ningún cable que llegue al punto de luz.

5.- El arco principal de la entrada falta terminarlo, estando tapado por una cortina el día de la visita, dejando al descubierto el cableado de la casa.

6.- Un total de 3 persianas de la vivienda no funcionan y no es solo que no funcione el

Tirador de la correa (que de estas ya hay 2) sino que el eje de la misma este partido,

Por lo tanto, es una reparación total de la persiana.

7.- Roto e inservible un pomo de puerta

8.- Las dos mirillas de las puertas están rotas y les han puesto una especie de masa

Marrón (como arcilla o barro) en el interior.

9.- Sobre la puerta de entrada de la parte posterior, no se pudo apreciar en el día de la

Visita que estaba hinchada siendo costoso tanto la apertura como el propio cierre de la

Misma, debido a que se encontraba abierta de par en par.

10.- Hay cajas de conexión de cables (que quedaron ocultas el día de la visita y

Tasación) tanto en el interior como en el exterior que están al descubierto y sin ningúntipo de protección.

11.- La ventana abatible del cuarto de baño principal esta rota del eje de sujeción de

Arriba impidiendo el doble abatimiento y no cierra, el día de visita se encontraba

Abierta. (Hay video).

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Quizá sea más sencillo que nos diga qué le está reclamando para valorar si es un posible vicio oculto o no, que tratar de decirle los posibles vicios ocultos de una vivienda.

El Código Civil define los vicios ocultos como:

"Defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella"

Obviamente, no hace una enumeración de posibles defectos que pudieran ser considerados como vicios ocultos, por lo que catalogar un defecto como tal tendrá siempre una componente subjetiva. Vista la lista de defectos que el comprador reclama - bastante extensa, por cierto -, me temo que algunos los veo como candidatos a serlo. Por ejemplo, los temas eléctricos, los de antena, el alicatado del baño, etc. Son todos ellos defectos que, para ser subsanados, van a requerir de un desembolso por parte del comprador con el que no contaba a la hora de comprar. Y asumo, además, que usted era consciente de todo ello.

Creo que le conviene tratar de llegar a un acuerdo amistoso. De lo contrario, no descarte encontrarse con una reclamación judicial.

Muchas gracias, por su respuesta!

Me puede ayudar que en las arras el comprador se firmó que se compraba como cuerpo cierto?

Personalmente, opino que no.

Según el Código Civil, la cláusula a la que usted se refiere aplica a la cabida del inmueble, no a su estado. Es decir, que, por ejemplo, no le podrían reclamar una diferencia en la superficie de la vivienda con respecto a lo que pudiera constar en el Registro.

Pero los posibles vicios ocultos, se los pueden reclamar de todos modos.

Otra cosa es que en la compraventa hubieran hecho una descripción detallada de la situación en la que se encontraba el inmueble o una enumeración de los desperfectos y defectos que presenta.

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Dos preguntas: ¿Han transcurrido seis meses desde la venta? ¿Esa reclamación se la han hecho judicialmente?

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Deduzco por la aclaración de “(xxxxxx)” (no sé qué pinta ahí) que el caso es complicado y acabará en los tribunales. Creo que debes recurrir a los servicios de un abogado.

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