Me reclaman averías tras 5 meses

Hace 5 meses y medio vendí un coche de alta gama, un Porsche a punto de ser clásico . Bien mantenido, con todas sus revisiones e ITV recién pasada sin defectos . En el contrato de compraventa escribimos y firmamos que “ el comprador ha probado el vehículo y no reclamará futuras averías, salvo vicios ocultos “.

A los 5 meses y medio de la venta, me manda el comprador dos presupuestos ( que no son ni facturas ) en las que figura el cambio del alternador y accesorios, y de la bomba de agua y accesorios . Observo que en este tiempo le ha hecho al coche 10.000 kms .

Le digo amablemente que si esas averías fuesen un vicio oculto, y de mala fe por mi parte, el coche no le habría aguantado en marcha tanto tiempo y tantos kms .La bomba ha aguantado los calores del verano ( y 10.000 kms) y un alternador roto hace que la batería no cargue y en dos dias el coche ya no arranca El comprador está convencido de que tengo que abonarle las facturas y no entiende que a este ritmo le hace al coche 25.000 kilómetros al año, y es normal que salgan cosas, y más en un coche de 20 años que ha comprado por la quinta parte de su valor de nuevo .

Mi pregunta es : ¿De verdad tiene el vendedor que pagar por todos los desperfectos durante 6 meses y sin límite de kilómetros? Sí es así, pienso que no merece la pena vender un coche a un particular, porque en 6 meses, y además dándole mal uso al coche, pueden salir averías caras .

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No es verdad que el vendedor tenga que pagar cualquier avería del vehículo durante los seis meses posteriores a la venta. El vendedor se hace responsable de los vicios ocultos durante 6 meses. Y el comprador será quien tenga que demostrar que un defecto es un vicio oculto (preexistente, para empezar)

Cito la respuesta de un conocido mío experto en vehículos de mi marca , por si sirve de ayuda a alguien que esté en mi situación . Yo ya lo tengo claro , y gracias a los foreros que me han ayudado por aquí : 

” El comprador solamente tendría razón si demuestra que esas averías ya estaban cuando compró el coche y tú se las ocultaste ( de ahí el nombre -vicio oculto  -.

una bomba de agua sirve para bombear el líquido refrigerante por el motor  y evitar que se caliente . En caso de rotura , se produce un charco de agua fácil de detectar al probar  el coche , y en caso de que ese día estuviese lloviendo y el suelo estuviese mojado , al llevarse el coche a su casa el comprador , se le habría calentado en pocos kilómetros e incluso podría haber roto el motor . Si ha durado 10.000 kilómetros , es porque se ha averiado mucho después de que tú se lo entregases .

el alternador se encarga de recargar la batería del vehículo . Si el alternador falla , el vehículo funciona mientras tenga carga en la batería . Es posible que un alternador roto no se detecte en la prueba del vehículo ( si la batería está recién recargada por un cargador externo ) pero al llevarse el coche el vendedor , es cuestión de horas que se quede tirado , no cinco meses .

además es extraño que dos componentes que duran 100.000 kms y que no tienen nada que ver entre ellos ( refrigeración y electricidad ) se hayan estropeado a la vez . Me da la sensación de que el comprador ha llevado el coche a una revisión y le han dicho que bomba de agua y alternador están próximos al final de su vida útil ( por kilometraje o edad) y el tipo ha pensado en cambiar ambas piezas gratis .Además no te manda ni factura , solo presupuesto , que perfectamente puede haber ido a que le cambien esas piezas y le hagan una factura proforma, que no significa que haya reparado el vehículo.

sinle hubiese pasado unos días después de adquirir el vehículo , sería un detalle por tu parte ofrecerle la mitad , ya que aunque tú no tengas culpa, es una p…da que uno se compre un coche y se le rompa en tres dias . Pero tras tantos miles de kilómetros es normal que las piezas de desgaste se averíen .

asi que no te preocupes . Si se la juega y te demanda , ningún juez aceptará sus argumentos y se gastará dinero en su abogado y en tus costas , que podrás reclamarle .”

Espero ser de ayuda si alguien está buscando información sobre denuncias por vicios ocultos .

¿Cómo acabó el asunto?

1 respuesta más de otro experto

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A la acertada respuesta recibida, sólo queda añadir que el plazo de seis meses es de caducidad, no se interrumpe por la reclamación extrajudicial, por lo tanto si antes de ello, el comprador no le pone pleito, perderá la acción y, si acude a un abogado competente, le hará ver la gran dificultad de que prospere esa reclamación.

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