El caso es el de un tío viudo y sin hijos, que tiene testamento a los 4 sobrinos. ¿Su patrimonio son 2 pisos de 400.000 y 200.000?. ¿Y metálico de 180.000?. La cuestión es que no sabemos lo que habría que pagar y en concepto de que, ya se que la pregunta es difícil de abordar pero una orientación me vendría bien. Muchas gracias. Saludos.
Pues si que es muy difícil de contestar. Primero porque esta es la sección de herencias: Legalidades, testamentos, repartos, sucesiones, ... Hay otra sección que es la de fiscalidad, donde conocen todos estos temas. Pero en lo que yo pueda le orientaré como pide, aunque el trabajo va a ser suyo, salvo que consulte en una gestoría de su ciudad. Aunque lo más seguro y fiable es lo que le voy a decir y aconsejar. Hacienda tiene delegado el cobro de los impuestos de sucesiones en las comunidades autónomas. Y cada una va por libre. Unas (Como Madrid), ya no cobran a los hijos. Otras los han reducido grandemente. Incluso algunas lo han reducido a un euro "simbólico". Un jaleo. Pero cada comunidad va por libre. Cada una aplica tarifas diferentes. De entrada le diré que los impuestos sobre los pisos no se pagan por su valor que usted estime, o el posible precio de mercado. Se pagan sobre el valor catastral, que siempre es muy inferior al valor real, y hasta a veces en una quinta parte. Claro que luego depende de lo actualizado que esté el catastro. No solo en su ciudad, sino incluso en cada barrio. Por ello, ese valor caatastral habrán de multiplicarlo por un coeficiente que les indicarán en la oficina liquidadora cuando metan la referencia catastral de los inmuebles. Así que muy difícil contestarles, y mucho más con seguridad. Como verá entran muchos factores en juego. Yo les aconsejo que vayan a la oficina liquidadora. Lleven unas fotocopias de los recibos de contribución, ya que en ellos sale el valor catastral y la referencia catSTRAL. Y hacen la consulta. Están más que habituados a este tipo de consultas y sin ponerles ninguna pega y sin ningún compromiso, les dirán los impuestos a pagar. (Perdón, se me bloquearon las mayúsculas). Y un consejo más. Aunque no lo pide. Procuren evitar los proindivisos. Creo que pueden hacerlo. Pro indiviso es tener una propiedad entre varias personas a un tanto por ciento cada uno. Una auténtica manzana envenenada. (Esta vez las mayúsculas las he puesto a propósito). La ley no les obliga a aceptar cada uno un 25% del dinero y cada uno un 25% de cada piso. Pueden llegar a un acuerdo antes de la firma de la aceptación de la herencia y repartirse de forma que si a uno le interesa un piso, que se lo quede y compense a los otros en efectivo o como sea. Inténtenlo. Le aseguro que es el mejor consejo que van a recibir sobre la herencia. Pues nada, un saludo y lamento no poder darles datos exactos, ya que cada comunidad es diferente y todo depende de valores catastrales y tablas que ellos conocen. Y si no va a añadir más, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.