Compra de terreno a una empresa

Mi mujer y yo estamos en proceso de búsqueda de terreno para la construcción de una vivienda unifamiliar. Hemos visto ya bastantes terrenos y el que nos gusta es propiedad de una empresa. Nos dicen que en este caso en la compra-venta hay que pagar IVA sobre los 100.000 € y claro ... Es un pico, jejejeje. Nos han dicho que quizás nos convenga crear una empresa y comprarlo por la empresa y que luego se devolvería ese IVA. Lo que necesito es entender si crear esta empresa realmente saldría a cuenta y las implicaciones futuras que esto conlleva de papeleos y pérdida de tiempo. Además de cerciorarme de que hacer esto ( es decir crear la empresa para intentar pagar menos impuestos ) sería legal o tendríamos problemas futuros.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

La compra de terrenos esta sujeta a IVA.

Efectivamente en algunos casos se constituyen empresas, para luego hacer la construcción con la misma empresa, que seria la propietaria.

Se podría solicitar la devolución del IVA si la empresa realmente hace la actividad de construcción del inmueble, no en otro caso. Y además hay que mantener una empresa, con sus correspondientes obligaciones fiscales y contables, que finalmente seria tambien la propietaria del inmueble.

Gracias, si, la idea sería mantener la empresa durante la construcción. Nosotros seríamos autopromotores pero no constructores... es decir, contrataríamos a una empresa de construcción  ( con contrato cerrado o llave en mano ) ¿eso sería correcto para la devolución del IVA?

Al final de la construcción la idea sería disolver la empresa... entiendo que la casa habría que "venderla" siendo nosotros mismos los compradores ¿ es correcto ? ¿ en esa venta cuanto IVA habría que pagar ? 

Como le hemos indicado, debe ponerse en manos de un experto que le estudie su caso concreto y les ayude.

Efectivamente esa seria una opción. Pero la primera venta de una vivienda, tambien se paga IVA...

Una opción habitual suele ser la liquidación con adjudicación del bien a los socios.

En cualquier caso, este tipo de operaciones siempre tienen un riesgo con la Agencia Tributaria.

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