Poder general para pleitos entregado en juzgado

Pregunta, en un juicio de reclamación de cantidad, el administrador ejerce como abogado y lógicamente presenta un poder general para pleitos otorgado por la comunidad, mi pregunta la parte demandada ¿Tiene derecho a una copia de ese poder? Y en todo caso ¿esta obligado el juzgado correspondiente a facilitar dicha copia a la parte demandada?

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Las partes tienen pleno acceso al expediente, y pedir las copias que les parezcan bien.

¡Gracias! le cuento, he pedido   veces las copias , juzgado   de Madrid, pues un trabajador que no sabría  la categoría profesional, me dice habérselo enviado  a mi procurador y que no  tengo  derecho, por que  es de la otra parte, seguiré dando la  lata o  escribiré  a el secretario judicial.       gracias

No. En el Juzgado tiene usted pleno acceso al expediente como en el resto de las Administraciones del Estado, PERO ese acceso ha de verificarse por mediación de los profesionales habilitados para actuar en su nombre: el abogado y el procurador. El Juzgado no mantiene comunicaciones con nadie ni mucho menos correspondencia con particulares, por lo que ha de contratar o pedir de oficio a uno de estos profesionales para que le fotocopien el expediente.

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