Transferencia de Argentina a España, justificación de fondos

Buenas
Hace 3 años que estoy viviendo en España, tengo banco ING en España y BBVA en Argentina.
Tengo 15mil dolares que necesito traer a España.

Este dinero esta en blanco/licito esta justificado en declaración de AFIP. Es proveniente de trabajo en blanco y fue comprado todo en el mismo banco BBVA de Argentina.

Antes de venir a España y por seguridad lo saque del banco y lo guarde en una caja, ahora para transferirlo y que siga blanco en España, lo voy a depositar nuevamente en el banco BBVA de Argentina(no creo que tenga problema en ingresarlo porque fue comprado en el mismo banco).
Mi preguntas van dirigidas a como justificar en el banco ING de España.. Esta transferencia, porque en el banco no saben que decirme...
Tengo resúmenes del banco donde se ve la compra de estos dolares.
Tengo recibos de sueldos que pueden justificar esta compra.
Tengo declaración jurada de AFIP donde se ve la declaración de este monto.
Podría hacer una certificado de origen de fondos.
Pero la gran duda... ¿todo esto es necesario que este apostillado?

¿Si se necesita apostillar como seria el procedimiento previo a llevarlo a Cancillería?

Resumen de banco(puedo conseguir que me firmen y sellen los recibo.. ¿me cobran por esto) pero luego lo tendría que firma alguien del banco que tenga firma cerficiada en cancillería..?
Con respecto a los recibos de sueldo, como los podría apostillar.. Porque no creo que mi empereza tenga firma certificada...
Con respecto a declaración de AFIP.. ¿cómo puedo aposillar? Porque no creo que sea fácil conseguir que algún empleado de AFIP me firme esto.. Se que e sun documento plublico.. Pero para Argentina.. En España debe ser papel higiénico...
Y por ultimo el certificado de origen de fondo... Lo tendría que firma el contador.. ¿el colegio de contadores y ahí a cancillería?
Espero que se puede entender y que no me este enroscando tanto... Creo que esto le pasa a las personas que intentamos hacer todo legal.

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El banco español, puede solicitar documentación de la procedencia del dinero y haber liquidado los impuestos concretos en su país de origen. Es la propia entidad quien debería indicarle que documentación aportar, pero normalmente no lo hacen y es usted quien ha de aportar la documentación que considere oportuna.

El problema es que usted ha tenido ese dinero fuera del banco un tiempo y por lo tanto, cualquier certificado del banco, solo puede acreditar la compra en su día y los ingresos actualmente en cuenta... Pero efectivamente le pueden pedir que la documentación este con postilla. Pero normalmente el banco tendrá un apoderado que podrá firmar una certificación de esas operaciones y luego usted tendrá que apostillar.

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