Acceso a solarium desde cubierta comunitaria

¿Se puede acceder a una terraza solarium situada sobre mi casa por la cubierta del edificio? Sólo se tiene acceso desde la escalera comunitaria y a través de la puerta de acceso a la cubierta. En escrituras está indicado q la terraza es de uso privativo y se permite el acceso exclusivamente a la vivienda ático. Pero la comunidad nos indica que por prevención de riesgos laborales no se puede acceder a la cubierta.

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"En escrituras está indicado q la terraza es de uso privativo y se permite el acceso exclusivamente a la vivienda ático."

Si la terraza es de uso privativo y se permite el acceso al ático, no sé qué dónde está la duda. El ático puede acceder a la terraza y usarla.

"Pero la comunidad nos indica que por prevención de riesgos laborales no se puede acceder a la cubierta."

¿Qué tiene que ver la prevención de RIESGOS LABORALES con el uso particular de una terraza? La prevención de riesgos laborales, como su nombre indica, aplica en el ejercicio de una actividad laboral.

Los de Riegos Laborales nos dicen que como en la cubierta están las placas solares y máquinas de aire acondicionado de todos los vecinos, éstas tendrían que tener una protección especial para que un vecino pueda transitar por la cubierta. 

Hemos propuesto como solución alternativa hacer una escalera desde la terraza inferior de nuestra vivienda pero nos dicen que altera la fachada y tampoco se puede. 

Con lo cual tenemos una terraza a la que no nos dejan acceder. No se hasta que punto es legal que no puedas acceder a un bien tuyo. 

Están mezclando temas. Para el acceso de vecinos a las placas y aires no aplica la prevención de riesgos laborales. A lo mejor, si les dijeran que tienen que acceder los técnicos...

Pero ese acceso o no de los técnicos o de los vecinos a las placas y aires NO tiene nada que ver con su acceso a la terraza, que lo tienen garantizado por Escrituras. La Comunidad no les puede negar a ustedes un derecho que tienen.

Estoy dando por hecho, claro está, que no se ha alterado en ningún momento el acceso a esa terraza. Es decir, que desde siempre ha habido que acceder desde la cubierta y no es que se ha eliminado en algún momento el acceso "correcto".

Si realmente hay preocupación por su integridad o por la de quienquiera que vaya a acceder a la cubierta, pongan solución. Pero si ustedes quieren acceder tal y como está, no se lo pueden negar.

Y lo de la escalera, aunque afecte a la fachada, puede hacerse. ¿Quién dice que "no se puede" alterar la fachada? Necesitarán licencia del Ayuntamiento, pero si se la da, no veo por qué no van a poder hacerlo. Claro que también necesitarán el permiso de la Comunidad, pero ¿por qué se lo van a negar, si es para solucionar el problema de seguridad? A no ser que lo único que se esté buscando aquí sea impedirles a ustedes disfrutar de su derecho de uso de la terraza, claro.

Por cierto, ¿quiénes son esos de Riesgos Laborales?

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