Si su pareja no es residente en España, el tema fiscal de la venta, lo ha de gestionar en su país de residencia.
Para traer el dinero, deber tener una cuenta en España de no residente, donde poder hacer transferencia desde su cuenta del extranjero. Esto no tributa.
Pero han de tener en cuenta la legislación de prevención de blanqueo de capitales, por la cual, el banco puede solicitarle acreditar la procedencia del dinero, mediante la aportación de la escritura de venta y la liquidación de impuestos correspondientes a la venta. Es decir, se ha de tener todo bien documentado, para evitar el bloqueo de la cuenta.