Transferencia de un vehículo de sociedad limitada a particular

Tengo un vehículo que lo tengo a nombre de una sociedad limitada, lo quiero vender a un particular, ¿la pregunta es si la ley obliga a dar 1 año de garantía? Porque dice que entre particulares no y profesionales (empresas de venta de vehículos, compraventas de segunda mano etc…) si hay que darlo, ¿pero al estar el coche a nombre de mi SL (que nos dedicamos al sector alimentación al por menor) se consideraría profesional y tengo que dar ese año de garantía o se considera entre particulares al no pertenecer la empresa al sector profesional del automóvil?

2 Respuestas

Respuesta

Tu obligación es dar mínimo de 6 meses de garantía de particular a particular. Si el coche esta al nombre de una empresa que no es sector del automóvil, debes dar 6 meses. Si la empresa es del sector, sería 1 año.

Respuesta

A lo mejor le sirve la lectura de esto:

¿Qué garantía tiene la compra de un automóvil usado?

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