¿Se puede legar el 50% de una casa?

Una casa (sin hipoteca y sin uso) es heredada por dos hermanos (50%). Cada uno de los hermanos vive en sendos pisos (también sin hipotecas).

Uno de los hermanos tiene varios hijos. Quiere dejar en herencia a sus hijos el piso y dejar como legado a su hermano el 50% de la casa, por lo que este se quedaría con el 100%.

¿Puede legar su 50% de la casa al hermano? ¿Puede el hermano renunciar al legado? En caso afirmativo, ¿qué pasaría con ese 50% de la casa? ¿Qué gastos habría y quién los paga?

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¿Puede legar su 50% de la casa al hermano?

Sí. Puede dejar sus bienes a quien considere oportuno, respetando la legítima de los hijos.

¿Puede el hermano renunciar al legado?

Sí.

En caso afirmativo, ¿qué pasaría con ese 50% de la casa?

Pasaría a los otros herederos.

¿Qué gastos habría y quién los paga?

Supongo que se refiere al impuesto de sucesiones, que les correspondería a los herederos que acepten la herencia. Y habría que ver las posibles bonificaciones aplicables según su Comunidad Autónoma.

Los gastos me refería al IBI, por ejemplo; supongo que si el hermano acepta, a partir de ese momento correrían a su cargo.

¿Sería el hermano quien tendría que pagar impuesto de sucesiones (por la parte de la casa) si acepta el legado?

La legítima, si lo entiendo bien, es que el valor de la casa no puede superar el 1/3 del total de la herencia. Y al conjunto de los hijos tampoco les podría tocar menos de un 1/3 del total. ¿Es correcto?

El IBI lo tiene que pagar el propietario.
El impuesto de sucesiones, el que herede la vivienda.

La legitima es diferente según la Comunidad Autónoma.

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