Requisitos formar comunidad de usuarios agua de boca

Estamos legalizando un pozo el la confederación hidrográfica del ebro, para agua de boca, nos piden formar una comunidad de usuarios, para nombrar al presidente y secretario, es necesario el libro de actas, me parece que que cuando se tiene que formalizar el libro de actas tiene que haber un nif, este quien lo da, la confederación u otro organismo, o en la primera reunión se nombra al presidente interino, cuando se haya aprobado hay que hacer una nueva reunión para nombrar presidente secretario y estatutos.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un profesional, que les ayude con su caso concreto.

Una comunidad de usuarios es similar a una asociación o a una Comunidad de Regantes, y necesita unos estatutos (Ordenanzas y Reglamentos) que han de realizar e inscribir en la confederación, para luego solicitar un NIF en Hacienda, tener una cuenta bancaria, etc.

El libro de actas, como norma general, ahora son actas de las reuniones, que se hacen informáticas y en algunos casos, se legalizan luego al finalizar el año, aunque esta cuestión de la legalización tendrá que preguntar directamente a la confederación a la que pertenezcan.

Como norma general, en el acta de constitución se nombra un presidente, un secretario y un tesorero, provisional, hasta que este inscrita y luego se proceda a la elección de los definitivos, una vez inscritos las ordenanzas y reglamentos y conforme a los mismos.

Tambien deben de mirar el SINAC, en el que normalmente tendrán que darse de alta, y preparar un protocolo de Autocontrol de y Gestión del Abastecimiento, estando en contacto con Sanidad de su Comunidad autónoma, para enviar los análisis de agua, cloro, etc...

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