¿Cuándo escriturar obra nueva antigua?

Mi esposa y yo somos propietarios de una parcela urbana desde 1975. En 1977 se solicitó permiso de Obras al Ayuntamiento y se edificó un chalet de 90m2,

Aunque se hicieron los proyectos y planos por un Arquitecto que certificó el final de obra nunca se llegó a inscribir la Declaración de Obra Nueva.

Posteriormente, en 1993, se realizaron obras de ampliación de 140 m2 aunque no existen planos ni proyecto.

En las sucesivas revisiones catastrales si se han hecho constar las ampliaciones hasta los 220 m2 que hoy refleja el Catastro.

Como nuestro deseo es dejarla en herencia la pregunta es "CUANDO ES FISCALMENTE MÁS INTERESANTE ESCRITURARLA E INSCRIBIRLA (COSTE IMPUESTOS DE SUCESIONES Y PLUS VALÍA Y OTROS) ¿HACERLO NOSOTROS HOY O QUE LO HAGAN LOS HEREDEROS A SU NOMBRE Y A SU CARGO DIRECTAMENTE. EN SU MOMENTO

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Siempre es bueno tenerlo actualizado en especial de cara a una posible venta de este inmueble.. Cualquier arquitecto os hará nuevos planos y se ocupará de hacer la declaración de obra nueva para que conste en el Registro de la Propiedad. Después es que hay que comunicarlo al catastro pero de esto se ocupa la misma notaria.

Pero todo ello no tiene nada que ver con las herencias. A la hora de pagar el impuesto de sucesiones será Hacienda quien le de el valor que estime a esta casa. Nadie se va a leer la escritura. Lo mismo va a pasar con el impuesto de plusvalia.

¡Gracias! 

Sr. Poveda, le agradezco su aclaración. Ciertamente una cosa es la herencia en sí y otra los gastos que se deriven de la inscripción de la finca. Es en este sentido en que es preciso actuar.

Un cordial saludo

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