Plazo máximo para registrar una declaración de obra nueva "antigua" ya escrita

Se trata de una vivienda unifamiliar situada en una parcela. Está inscrita en el registro de la propiedad pero solo se han declarado 150m2 construidos de los 400m2 que tiene, la superficie (3000 m2) de la parcela está inscrita correctamente.

Quisiera saber si es posible hacer la escritura notarial de "declaración de obra nueva 'antigua'" pero retrasar su inscripción en el registro de la propiedad.

O si por el contrario los dos trámites forman parte de una sola operación "indivisible" en la que el notario está obligado a inscribirlo en el registro inmediatamente.

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1

La inscripción en el Registro es voluntaria, el interesado es quien debe hacerla o no.

Si, esto lo entiendo, gracias.

Intentaré explicarme mejor: lo que queria saber era si es posible hacer la escritura notarial y el pago del AJD, y meses (o años) después inscribirlo en el registro de la propiedad con dicha escritura hecha hace tiempo.

De manera que el interesado pueda decidir que momento tiene efecto la actualización de superficie  en el catastro e IBI.

Usted puede inscribir usando lo considere oportuno o no inscribir, como le digo la inscripción registral no es obligatoria

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