Autopromoción. ¿Licencia de Obras y ahora qué?

Me construí un chalet, AUTOPROMOCIÓN, el viernes pasado recogí la Licencia de Primera Ocupación.
Mi pregunta es ¿qué tengo que hacer ahora?
Actualmente el IBI lo pago solo de la parcela, por lo que imagino que habrá que llevar la casa al registro, al catastro o hacer algo...
¿Y habrá que pagar algo a hacienda?

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A grandes rasgos y si todo se ha tramitado por orden te queda lo siguiente:
- Solicitar el alta en los servicios de agua, electricidad, gas, teléfono, etc.
- Hacer la Declaración de Obra Nueva en el Notario (necesitarás el certificado descriptivo de final de la obra redactado por tu arquitecto)
- Inscribir la obra en el Registro de la propiedad.
- Liquidar el Impuesto de Actos Jurídicos documentados, declarando el valor de la obra finalizada y pagando en consecuencia (si no se creen tu valoración pueden hacer otra y exigirte más dinero, pero esa es otra historia).
- Inscribir la obra ejecutada en el Catastro.
De los pasos que me comentas:
- Los servicios ya los tengo solicitados, contratados, definitivos, no de obra.
- En notario se hizo ya en su día la Declaración de Obra Nueva, ¿hay qué hacerla otra vez?
- Inscribir la obra en el Registro... ¿cómo se hace?
- Antes de empezar la obra ya pagué los AJD, de hecho en mi caso al ser Autopromoción de primera vivienda pude pagar el 0,1 % en lugar del 1%. (Si no recuerdo mal son esos porcentajes)
- Inscribir la obra en Catastro... ¿cómo se hace?
Me comentó un amigo promotor que hay que pagar en Hacienda el 7% del valor de la vivienda, pero me da que es para casos de compra-venta, no tengo muy claro que en Autopromoción de primera vivienda sea así... ¿sabes si hay que pasar por hacienda?
Gracias de antemano.
Si os servicios ya son los definitivos, trabajo hecho.
Si la declaración describe la obra finalizada debería valer.
La inscripción en el registro se hace entregando la solicitud en la oficina del registrador de la propiedad que te corresponda. En el Catastro, de forma análoga. Necesitarás:DNI, Original y fotocopia (o copia cotejada) de la escritura de obra nueva, del final de obra visado, fotografías de cada fachada de la casa terminada (el Catastro admite JPG, el registro no lo se),
Plano de emplazamineto, de la parcela y de las plantas de la casa (todos acotados), memoria de materiales y documentación del coste de las obras.
La autopromoción, unifamiliar, paga el IVA de las comprar de materiales y de los constructores que contrates, pero no tienes que liquidar "entregarte a ti mismo" la vivienda acabada. Otra cosa es el terreno, que si lo compraste a un particular paga el 7% del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (a una empresa puede ser el 16%) aunque esto puede que ya lo hallas hecho.

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