Duda 12 mensualidades de cuotas LPH 10.1b

Soy persona discapacitada con movilidad reducida y leyendo en varios sitios, no termino de tener claro este punto . Cuando se dice que en caso de no haber mayoría en Junta de propietarios por ejemplo, para aumentar una parada el ascensor por accesibilidad y evitar barrera arquitectónica, la obra se ejecutará pagando cada propietario hasta 12 mensualidades de cuotas de Comunidad y la persona discapacitada el resto, ¿se refiere a 12 cuotas máximo por cada año de financiación de la obra? Y si fuera así,

¿Quién decide los años de financiación de la obra? ¿La persona solicitante y a la vez discapacitada? . Gracias por la-s respuesta-s .

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Deseo que le quede muy claro lo que indica la LPH. en su art. 10.1

La eliminación de barreras arquitectónicas, no se tienen que votar en junta, dado que es obligatoriosu eliminación.

Lo que se vota en junta, es el presupuesto que se realizará.

Efectivamente quien no esté de acuerdo con ese presupuesto, sólo està obligado a abonar 12 mensualidades, por año que se reparta dicha obra.

Y será la junta, quien por mayoría simple, quien decida el periodo de abono. Siendo 12 mensualidades, por año en que se acuerdo su abono

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