Deducir gastos de Autónomo, cuando solo se cobran comisiones
Tengo un comercio a pie de calle, y estoy dado de alta como Autónomo.
Los ingresos que tiene el negocio, vienen a través de comisiones de distintas empresas de servicios, que ya vienen grabadas con IRPF.
O sea, si la comisión son 10€, me pagan 8€ y 2€ descontados a cuenta de IRPF.
¿Como se desgravan los gastos de funcionamiento, como por ejemplo, la luz.
¿En qué casilla del formulario 130 se incluye?
Así y todo, incluyendo los gastos de luz, ¿hacienda sigue poniendo que he ganado 8€?
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Respuesta de Abogados Edo