Obligatoriedad Entrada y salida de garaje comunitario

En los garajes comunitarios hay una entrada de salida y de entrada, por la de salida a los coches más largos les cuesta, maniobras, roces, y salir por la de entrada es mucho más sencillo, incluso propuse hacerlo a la inversa, porque por las medidas y forma de embudo, es mucho más sencillo. Pero, por el orgullo absurdo de estar haciendolo mal tantos años no hacen caso a los últimos vecinos que hemos llegado. ¿Me pueden obligar a salir por donde lo hacen los demás?. Vaya por delante que en casi 4 años haciendolo así nunca he molestado a nadie, siempre he cedido la preferencia, y cuando salgo en moto lo hago por donde los demás pero, me parece injusto tener que estar maniobrando o rozar el coche por capricho del resto.

2 respuestas

Respuesta

Las normas comunitarias las decide la mayoría y obligan a todos. Por tanto, sí, pueden obligarle a usar la entrada para entrar y la salida para salir. Otra cosa es lo que le pueda pasar si usted decide ignorar la norma. Lo normal es que nada. Sólo que ganará enemistades o, al menos, antipatías.

Antes de nada, gracias por la respuesta. Eso que me comentas ya lo he podido comprobar en casi 4 años que estoy viviendo aquí. Por eso mi pregunta iba más allá, me pueden obligar, con que ley o normativa, una norma de comunidad esta por encima de la necesidad evidente de un propietario a poder utilizar las instalaciones de forma adecuada igual que el resto de vecinos, y pongo como ejemplo, las entradas a los garajes también se hicieron mal, mal rebajadas, algunos vecinos hemos tenido que poner hormigón para rebajar la altura y así poder meter los coches, esto no se puede hacer, y es mas que una norma, pero de otra forma no podría meter mi coche. Las dos puertas son de acceso, no especifica en escritura la de entrada ni salida. Mi pareja no mete el coche por ese motivo, por las malas caras, tiene exactamente el mismo modelo, que tenemos que hacer, rozarlo cada dos por tres, o no meterlo nunca para complacer a capricho a los vecinos más egoistas, maxime sin haber provocado nunca ningún tipo de molestia? según ley me pueden obligar, pido asesoramiento jurídico? encima tiene solución propuesta por mí a coste 0. A ver si alguien me puede dar una respuesta más completa, porque lo quiero pleitear si es necesario. Gracias.

Como le decía ayer, la Comunidad tiene todo el derecho a establecer normas de uso de las zonas comunes. Esas normas se aprueban por mayoría simple y obligan a todos los propietarios y residentes en la finca.

No dice usted cómo se ha llegado a establecer esa prohibición en su Comunidad, pero es de suponer que, dado que lleva usted poco tiempo, se deba a un acuerdo anterior a su llegada a la finca.

A mi modo de ver, tiene usted 3 opciones.

1.- Respetar la norma.

2.- Como le indiqué, puede usted ignorar esa norma y entrar o salir por donde mejor le parezca. Aunque estará usted incumpliendo las reglas de convivencia, sería raro que tuviera consecuencias serias para usted. Seguramente se encontrará con malas caras y con comentarios en las juntas. Es improbable, aunque no imposible, que el asunto llegara a los juzgados.

3.- Solicitar que el asunto se trate en una reunión de vecinos. Indique al Presidente que quiere exponer sus serios problemas para poder salir por la puerta que han asignado como salida y que quiere que se vote para permitir que, quien tenga importantes problemas para realizar esa maniobra, salgan por la puerta de entrada. O, incluso, que se invierta el sentido de ambos accesos, en beneficio de todos. Si en esa reunión se vota en contra de su propuesta y, como nos comenta, está dispuesto a pleitear, le quedará el recurso de impugnar el acuerdo. Deberá convencer al juez de que se trata de un acuerdo que le perjudica gravemente, dificultando en gran manera el uso y disfrute del garaje, tanto a usted como a su pareja y, aparentemente, sin causa justificada.

veronica lopez fuentes

El reglamento interno puede establecer normas de convivencia y de uso de las zonas comunes y obliga a todos los residentes, con independencia de que participaran del acuerdo o no. Se aprueban por mayoría simple porque se considera un acuerdo de administración, a diferencia de los Estatutos.

Las normas estatutarias son de mayor calado que las del reglamento interno. Una norma estatutaria podría ser que los propietarios de garaje no contribuyen a los gastos de escalera, o que en una Comunidad se reparten los gastos a partes iguales. Al afectar al reparto de gastos, requiere de unanimidad. Una norma del reglamento interno es una regla meramente administrativa. En el caso que nos ocupa, se establece que la puerta A es de entrada y la B de salida. O que en el recinto de la piscina no se puede jugar a fútbol o llevar comida. Ese tipo de normas se aprueba por mayoría simple y obliga a todos los titulares, actuales y futuros, sin necesidad de ser incluida en los Estatutos ni ser inscrita en el Registro. Se trata de normas que no anulan o merman los derechos de los propietarios, sino que regulan la convivencia y cómo se usan los elementos comunes. No obstante, si algún propietario considera que con alguna norma interna se supera el ámbito de actuación atribuido al Reglamento Interno y que se vulneran sus derechos, como he dicho, ya sabe qué puede hacer.

Respuesta

Desconocemos exactamente como son esa entrada y salida.

Se pudo votar en junta usar una de ellas, (no obligados por el ayuntamiento, ni que en los planos si indiquen dirección)

Yo insinuo: ¿Debería figurar en los estatutos?

Si fuese así, y no estuviese en los estatutos, y estos pasados por el registro, José no estaría obligado a aceptar

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