¿La exención del impuesto de sucesiones es acumulativa?
En mi comunidad autónoma hay una exención del impuesto de sucesiones de 100.000 euros y además por minusvalía de 33% o mas de otros 120.000 euros, mi pregunta es .
Si al morir un progenitor (padre) uno de los hermanos tiene esa exenciones ( 220.000 euros) sobre las que no pagaría el impuesto de sucesiones, pero no se llega a poner de acuerdo con el otro hermano para la repartición de la herencia y se queda la herencia sin repartir hasta la muerte del otro progenitor (madre), ¿en el momento de aceptar la herencia y liquidar el impuesto de sucesiones, se contaría toda la herencia ( la de los dos progenitores muertos) como una masa hereditaria única y sobre eso se considera la exención, es decir los primeros 220.000 euros y ya está, o la administración respeta que la masa hereditaria proviene de dos progenitores y las considera como dos partes aplicando la exención de los primeros 220.000 de cada "bloque" uno del padre y otro de la madre.?