Permiso abrir puerta peatonal en bajo comercial.
Resido de una comunidad de vecinos de 10 viviendas y 2 bajos comerciales.
El pasado año adquirí el bajo comercial que hay justo debajo de mi vivienda (vivo en el primer piso) para uso particular, guardar el coche, moto, bicis, trastero, etc.
He decidido reformarlo para dejarlo en mejores condiciones de uso y habitabilidad, reformar baño, cambiar instalación eléctrica y de fontanería, poner falso techo, etc, y así, poder usarlo también para las típicas reuniones familiares en las que difícilmente se cabe en una vivienda normal.
Aprovechando estas reformas, pensé que sería buena idea abrir un acceso peatonal a la fachada e instalar una puerta acorazada tipo vivienda con una pequeña ventana sobre esta para poder ventilar cuando sea necesario. De este modo no tendría que abrir la persiana enrollable cada vez que accedo al bajo, porque para lo que menos entro es para sacar los vehículos (tanto mi mujer como yo usamos el metro para ir a trabajar y el coche apenas lo usamos los fines de semana). De esa forma evitaríamos los ruidos típicos de una persiana comercial (con unas dimensiones de 285cm X 300cm), la entrada de polvo, de frio o calor según la época del año, mosquitos, etc
Insté a la administradora a convocar una junta vecinal para entre otros asuntos, tratar el tema del permiso de la comunidad para poder abrir la puerta peatonal del bajo a la fachada, pero debido a que la decisión debía ser unánime según la administradora, y un solo vecino no quiso dar su visto bueno negándose a argumentar el motivo de su decisión, no se me concedió la autorización.
La consulta es, ¿Realmente es necesaria unanimidad para conceder esta autorización? ¿Contempla la ley excepciones para estas autorizaciones por motivos de accesibilidad y eficiencia energética?