¿De cuánto tiempo dispone por ley un administrador de fincas y el presidente de comunidad para responder a una reclamación?
El pasado mes de mayo en la reunión para la aprobación de cuentas y presupuestos anuales de la comunidad se aprobó por mayoría simple que la cuota de comunidad se realizaría a partir de julio por coeficiente de cada vivienda. La comunidad de vecinos se constituyó hace aproximadamente 5 años y desde entoces todos los vecinos hemos pagado siempre lo mismo, y siempre se ha aprobado por unanimidad cualquier subida o bajada en la misma.
Como no estaba conforme presenté una queja por escrito enviada al administrador de fincas de nuestra comunidad y llevo 2 meses esperando que me respondan algo el administrador o el presidente. Es más aunque reclamé el acta de la reunión al mes de realizarla llevo 3 meses esperando recibirla.
El cambio de cuota se debe aprobar por unanimindad, por lo que me he informado.