Exceso de cabida (en piso), negación de hipoteca y devolución de arras
He firmado arras penitenciales para la compra de una vivienda (un piso). La nota simple registral de la misma arroja una superficie de 79m, sin embargo, en la tasación se indican 98'5 metros (excluyendo todo lo legalmente excluíble para ajustarse a los metros del Registro de la Propiedad). Al superar esta diferencia el 20% de exceso de cabida, en varias entidades bancarias me han denegado la hipoteca. Uno de los vendedores es empleado (director) de banca, pero no me ha advertido de este extremo a la hora de buscar financiación. La subsanación de la cabida en el registro de la propiedad es inviable, puesto que habría que obtener el beneplácito de 46 vecinos del inmueble. ¿Se considera causa de desestimento por mi parte y pierdo el derecho a la devolución de las arras o al ser una particularidad registral ajena a mi podría reclamarlas con éxito?