Agrietamiento revestimiento interior ¿Propietario o comunidad?
A un propietario se la ha agrietado y abombado el recubrimiento de la pared de una habitación, es de gotelé, como si en la zona fallaría ya la adherencia sobre la pared. Se pico y a pared interior esta perfecta no síntomas de grietas internas en ella. Hablamos de un edificio de mas de 50 años.
La pared es de origen, supongo que por antigüedad, deterioro de los materiales, cambios de temperatura, transpiración, micro-movimientos del propio edificio, etc... A lo largo de este periodo ha podido resultar en estos síntomas en la pared.
Al ser el revestimiento interior, ¿a quién le corresponde su subsanación? ¿A la comunidad o el propietario?
Cada propietario que tenga un fallo en los materiales superficiales de su pared, como por ejemplo una grieta superficial por un posible deterioro materiales, asentamiento de materiales, o circunstancias comentadas, ... ¿puede solicitar a la comunidad su reparación o lo debe asumir el propietario?