¿Necesito pedir permiso a la comunidad para 1 habitación en la terraza?

Quiero comprar 1 chalet individual en un urbanización y hacer 1 habitación en la terraza. La urbanización es de adosados y chalets individuales con parcela pero sin elementos comunes, no hay jardines, ni piscinas, ni pistas deportivas ni nada, solo las viviendas. ¿Necesito pedir permiso a la comunidad de propietarios para hacer la habitación? Entiendo que no estoy obligada por ser un chalet individual pero quería asegurarme. El ayuntamiento si da permiso porque la vivienda no tiene consumida toda la edificabilidad y se haría con sus permisos y licencias correspondientes.

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Dice usted que se trata de una comunidad de propietarios. Si es así, necesita permiso.

Pero si es en mi casa y no se comparte ningún elemento de la casa no entiendo lo del permiso puesto que no afecta a ningún elemento común...

Si es una comunidad, la estética del conjunto es común.

¡Gracias! Bueno hay distintos modelos de chalets, el que yo digo solo es planta baja pero hay con 2 plantas e incluso torreón y los adosados son de 2 plantas, otros con el porche redondo y otros cuadrado... entonces hay diferentes estéticas, no es un modelo único todos iguales

Es indiferente que no sean iguales. Si son una Comunidad (que por su descripción de la urbanización, no lo parece), no puede alterar la estética sin permiso. La estética es la que es, con independencia de que cada casa sea diferente. Pero insisto, no tengo claro que sean ustedes una Comunidad de propietarios.

¡Gracias! Bueno el actual dueño si me dice que hay comunidad de vecinos y asociación porque al hacer los chalets hubo problemas con la constructora que parece ser los hizo sin permiso del ayuntamiento aunque ya se legalizaron y está todo correcto y se pagan 45€ de comunidad al año por la luz de las calles (que debería corresponder al ayuntamiento pero bueno...) entonces algo habrá si se paga una cuota anual

Qua haya asociación de vecinos o incluso una entidad urbanística de conservación no implica que sea una Comunidad de Propietarios, en el sentido de la Propiedad Horizontal, que es la que, de acuerdo a la Ley de la Propiedad Horizontal, es la que establece las normas a las que le hacía mención (como tener que solicitar autorización de los comuneros para alterar elementos comunes, estética, etc.).

Yo sigo apostando por que no hay Propiedad Horizontal. Pero puede consultarlo usted en el catastro, donde verá si se trata de parcelas individuales e incluso le indicará si hay división horizontal.

¡Gracias! pues lo mismo va a ser eso, porque en catastro pone esto: 

Parcela construida sin división horizontal y efectivamente son todo parcela individuales, entonces sera que lo mismo han hecho una asociación o algo pero a nivel particular entre vecinos pero no se ha formalizado como las comunidades de propietarios

Por tanto, no necesitaría permiso de sus vecinos.

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