¿Puede una comunidad de propietarios cesar el uso de vivienda vacacional, ya una vez está registrada?
He registrado una vivienda situada en una comunidad de propietarios como vivienda vacacional.
En los estatutos de la comunidad no dice nada al respecto que lo prohíba. Está correctamente registrada y con todo en regla.
¿Puede la comunidad de vecinos prohibir el uso de mi vivienda como alquiler turístico con carácter retroactivo? Una vez este la vivienda registrada, puedo seguir adelante, ¿aunque los vecinos no estén de acuerdo?
¿Es cierto que pueden incrementarse las cuotas mensuales de gastos por uso de alquiler turístico?
2 respuestas
Respuesta de Poli Plos
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Respuesta de veronica lopez fuentes